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Foto del escritorLic. Bettina Abalo

🟢“Engagement” ACUERDOS de COLABORACIÓN COVID19 Trabajador y empresa

Actualizado: 18 nov 2020

“Engagement” ACUERDOS COLABORACIÓN COVID19 Trabajador y empresa info@profesionales-asociados.net www.profesionales-asociados.net *Madrid, España *Buenos Aires, Argentina


El cambio que vivimos es ya algo permanente. Para estar preparados las empresas deben lograr maximizar la flexibilidad de sus equipos de trabajo, lo que supondrá una oportunidad para enfrentarnos con éxito a las situaciones futuras. Detallamos a continuación conceptos importantes para encontrar esa " flexibilidad en la negociación" ACUERDOS EMPRESAS: constituyen una manifestación del derecho a la negociación colectiva en la empresa. Son acuerdos colectivos, aplicados en el ámbito empresarial, y pactados entre el empresario y los representantes de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo, su naturaleza es la de un contrato, generador de obligaciones entre las partes que lo negocian. ACUERDOS COLABORATIVOS: encontrándonos ante una situación absolutamente extraordinaria la negociación con los trabajadores representa la clave patronal para sobrevivir al Covid-19. Los acuerdos con los equipos de trabajo para modificar las condiciones laborales representa la alternativa óptima de los empresarios que ya tienen dificultades para conservar el empleo y garantizar la continuidad del negocio. En la medida de las posibilidades siempre la mejor opción es acudir a herramientas o procedimientos alternativos como pueden ser: * la bolsa de horas * permisos retribuidos (recuperables o no) o no retribuidos * suspensiones acordadas * vacaciones previo acuerdo con el trabajador * reducciones de jornadas

PUNTO CLAVE: esta negociación con los trabajadores es vital para favorecer a ambas partes y evitar el cierre de actividades. Los empleadores y los colaboradores tienen derecho a tener un acuerdo para pactar o revisar los beneficios que existan en la relación jurídica y permitan preservar las fuentes de empleo y también respetar los derechos laborales de los trabajadores sobreviviendo al coronavirus que está sometiendo al mundo a una crisis sanitaria que marcará una época. En un contexto en el que hay empresas que continúan sus operaciones, pero no de manera regular la modificación de condiciones son válidas bajo esas circunstancias siempre en mutuo acuerdo entre empresas y empleados. El rol de las empresas es analizar la situación con prudencia, responsabilidad y cuidando a sus colaboradores planteando el mejor escenario que se les puede dar para procurar conservar las fuentes de empleo. Recordar que es importante documentar los acuerdos con los trabajadores quienes están entiendo la situación extraordinaria que estamos atravesando. EJEMPLO: ¿Qué es un acuerdo de vacaciones? Las compañías para evitar el despido suspensión de actividades o reducción de jornadas acuerdan con algunos trabajadores el disfrute de parte de sus vacaciones anuales. Mediante la firma de un acuerdo de vacaciones que detalle el mútuo acuerdo entre la empresa y el trabajador con el reflejo de las fechas pactadas.


Lic. Bettina Abalo Alonso

Dirección Profesionales & Asociados

*Madrid, España *Buenos Aires, Argentina

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